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EL UNIVERSAL
En este sentido, el ministro del Trabajo y Seguridad Social, José En la LOT actual, que data del año 1997, el artículo 219 fija el mecanismo de goce de las vacaciones, de manera de que luego de un año de labores los trabajadores puedan disfrutar de 15 días hábiles de días libres remunerados, a los que se sumará un día adicional por cada año de servicio, hasta un máximo de 15 días hábiles. Por su parte, en el artículo 174 de la normativa rigen las normas para la repartición de los beneficios anuales de la empresa entre sus trabajadores. En este caso, rige que deben distribuir entre toda su nómina por lo menos 15% de sus utilidades. Mínimo le debe corresponder a cada trabajador el equivalente al salario de 15 días y como techo quedaron definidos aguinaldos por cuatro meses. Rivero, quien asistió a la Comisión de Desarrollo Social de la AN a presentar su propuesta de modificaciones a la LOT, agregó que la idea es beneficiar al mayor número de los trabajadores, y la mayoría no cuenta con convenciones colectivas que los protejan. Al respecto, el ministro del Trabajo y Seguridad Social destacó que muchas convenciones colectivas del sector privado han sobrepasado con creces los beneficios previstos en la LOT. Pero no sólo este tema fue el centro de la atención del despacho laboral en lo que a la reforma de esta normativa se refiere. Rivero se refirió también a la necesidad de que las decisiones del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social sobre reenganches sean vinculantes, de manera que los patronos deban acatarlas de forma obligatoria. Por su parte, el vicepresidente de la comisión parlamentaria, Oswaldo Vera, indicó que los preceptos de la Ley de Estabilidad Laboral -instrumento que no llegó a ser aprobado- quedarán incluidos en las modificaciones que se harán a la LOT. El diputado resaltó que la meta es aprobar la reforma a la normativa este año.
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